La Junta Directiva, ha decidido publicar las actuaciones llevadas a cabo por la Asociación para conocimiento de todos los vecinos y con la finalidad de buscar una solución al problema mediambiental de la Colonia de Gatos que existe en nuestra Urbanización.
Y esta son las siguientes:
En mayo de 2018, se comunicó a través de Línea Verde al Ayuntamiento, la queja de varios vecinos de que había una colonia de gatos en la urbanización presuntamente sin dueño, que accedían al interior de las viviendas, produciendo daños en el mobiliario, enseres y jardines. También se observaba que algunos vecinos dejaban en la calle comida (seca y/o casera) para su alimentación.
Y esta son las siguientes:
En mayo de 2018, se comunicó a través de Línea Verde al Ayuntamiento, la queja de varios vecinos de que había una colonia de gatos en la urbanización presuntamente sin dueño, que accedían al interior de las viviendas, produciendo daños en el mobiliario, enseres y jardines. También se observaba que algunos vecinos dejaban en la calle comida (seca y/o casera) para su alimentación.
Como
consecuencia de todo esto, se estaba provocando una colonia cada vez mayor de
gatos callejeros, sin ningún control
sanitario, ni municipal.
Esta queja fue
contestada por el Ayuntamiento a través de Línea Verde:
“…en el municipio hay un grupo de vecinos
autorizados para alimentar a los gatos callejeros, la misión de estos
alimentadores es capturar a las hembras para su posterior esterilización, estos
alimentadores están localizados y los puntos de alimentación bien definidos, de
todas maneras trasladaremos la incidencia a la concejalía de sanidad, encargada
de llevar este tema.”
No recibimos
contestación de la Concejalía de Sanidad, por tanto, volvimos a presentar otra
queja a través de Línea Verde, en mayo de 2018, pero esta vez solicitamos lo
siguiente:
“…en la Calle Millars 4, hay una vivienda en la que se deposita de
forma continua, dos cuencos, uno de agua y otro de comida. La colonia de gatos
está localizada en esa zona. Solicitamos información de si el propietario de
esta vivienda es uno de los alimentadores con permiso del Ayuntamiento”
No recibimos contestación, por lo que
volvimos a enviar por Línea Verde, la siguiente comunicación:
“…que hay otro comedero para gatos a la
altura de la Calle Millars 9 (al lado de los contenedores).”
Tampoco
recibimos contestación, por lo que volvimos a enviar por Línea Verde, la siguiente comunicación:
“….le comunico que hay dos comederos para
gatos en la Calle Millars 4 y 9 (junto al contenedor de basura). Solicito
información para confirmar que estos lugares donde se deposita la comida para
los gatos, están autorizados por el ayuntamiento.”
No se nos
contestó.
Mientras tanto,
las quejas de los vecinos por la invasión de los gatos callejeros, en sus
domicilios con las consecuencias que ello provocaba, eran diarias y se iban
extendiendo por otras zonas de la Urbanización.
La Ordenanza
Municipal de Higiene Urbana y Medioambiental de este Ayuntamiento, en su
Capítulo 3- Animales y sus condiciones de higiene y que a continuación os
detallamos dice:
“Sección 1- Animales domésticos
Art. 21: Tenencia de animales de compañía en
viviendas e inmuebles.
Art. 21.2 – La tenencia de animales domésticos
en viviendas urbanas y otros inmuebles queda condicionada a las circunstancias
higiénicas optimas de su alojamiento, a la ausencia de riesgos sanitarios y a
la inexistencia de peligros y molestias para los vecinos o para otras personas,
debiendo ser dichos inmuebles la residencia habitual de los propietarios de
dichos animales”…Asimismo, se tendrá especial vigilancia en evitar el estado de
abandono de los animales por parte de sus propietarios y se vigilará de forma
exhaustiva, evitándolo a toda costa, el abandono de animales domésticos y no
domésticos en la vía pública.
Sección 2- Animales no domésticos
“…Los animales abandonados, que son todos
aquellos que no son silvestres y no tienen ni propietario ni domicilio
conocido, lleven o no identificación de procedencia o propietario, ni le
acompañe ninguna persona que pueda demostrar su propiedad y vague libremente
por la vía pública o el campo, con lo que puede llegar a adoptar las costumbres
de una animal silvestre.
Art. 22 Alimento a animales no domésticos
22.1- Queda prohibido facilitar alimento en
la vía pública, zonas verdes y solares a animales en general y de forma en la
que se ensucien los elementos públicos.
22.2- Con vistas a la prevención de la salud
pública y a la protección de medio ambiente urbano, se prohíbe suministrar
alimentos a animales abandonados o errantes, silvestres o de cualquier otro
tipo cuando de ello se deriven estados de insalubridad, daños, molestias o
alteraciones medioambientales excepto en los casos y en los lugares autorizados
por la administración.”
Por tanto, La Junta Directiva presentó por registro de
entrada, la siguiente solicitud:
“Primero: Que se cumpla la Ordenanza
Municipal de Higiene Urbana y Medioambiental en su art. 21.2, con la finalidad
de proteger a los gatos y tener una buena convivencia con los vecinos además de
prevenir problemas de salud pública.
Segundo: Que se cumpla la Ordenanza
Municipal de Higiene Urbana y Medioambiental en sus artículos 22.1 y 22.2 con
la finalidad de que se controlen los puntos de alimentación ubicados en la
calle Millars 4 y 9 (junto a contenedor), si éstos finalmente no están
incluidos en los casos y en los lugares autorizados por la administración para
el control de los gatos.
El pasado novimbre, recibimos contestación a nuestra solicitud a través de un informe de la
Policía Local de San Antonio de Benagéber y es el siguiente:
“…Que el día 04 de octubre de 2018, por
parte del Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber concretamente el Área de
Sanidad junto con la Delegación de Medio Ambiente de la Policía Local se ha
creado un proyecto para la puesta en marcha de un nuevo “PLAN COLONIAL FELINO.”
Que esta nueva puesta en marcha cuenta con
un presupuesto inicial por parte del Ayuntamiento que se destinara al
procedimiento C.E.S. (Captura-Esterilización-Soltar) es un método que ha
demostrado ser el más eficaz para el control del crecimiento de gatos
callejeros. Este método implica atrapar a todos o a la mayoría de los gatos de
una colonia, marcándolos para identificarlos como gatos esterilizados. Se les
proveerá de alimento, refugio y supervisión por quienes voluntariamente se
hacen cargo de estas tareas, los cuidadores que están autorizados mediante un
carnet y se establecerán las zonas donde se ubicaran las colonias siempre
que no causen molestias a los vecinos, en cuyo caso se reubicarían en otro
lugar.
Que por parte del Ayuntamiento se están
realizando los ajustes y protocolos necesarios para poner en funcionamiento la
totalidad de este nuevo “PLAN COLONIAL FELINO” con el fin de controlar los
riesgos higiénicos-sanitarios, medioambientales y de seguridad para la
comunidad que generan los gatos abandonados. Además, esta situación de abandono
también genera riesgos para la salud, bienestar y seguridad de los animales, de
los que deben ser protegidos.
Que el nuevo plan establece la
identificación de los alimentadores, un responsable en cada zona de la
localidad donde se ubiquen las colonias y los lugares concretos donde se
alimentaran a los animales, ubicación que una vez se determine se pondrá en
conocimiento de los vecinos de San Antonio de Benagéber.
Que por parte de los Agentes de Policía
Local se controlará y se denunciará si así se estima oportuno cualquier
infracción a la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana.”
Os seguiremos
informando
No hay comentarios:
Publicar un comentario