A continuación vamos a comunicaros las últimas noticias sobre el tema del Proyecto de Urbanización en la zona urbana de Montesano. Tal y como quedamos en la pasada Asamblea General, la Asociación informará a todos los vecinos afectados a través de un comunicado, que el Ayuntamiento va a sacar a licitación la redacción del Proyecto de Urbanización de la zona Urbana de Montesano.
El pasado viernes día 23 de mayo, nos reunimos en el Ayuntamiento miembros de la Asociación con el Concejal de Acondicionamiento Urbano y Medio ambiente, D. Felipe del Baño, en representación del equipo de gobierno.
Los diversos temas que se trataron en esta reunión son una continuación de los que mantuvimos en la anterior reunión del pasado mes de Octubre de 2007 y que se informó a los socios en el boletín de enero 2008.
En este artículo nos vamos a centrar en dar la información sobre el Proyecto de Urbanización de la zona Urbana. El resto de los temas que se trataron, se comunicaran a los socios en un próximo boletín.
Os recordamos, que el pasado día 27 de diciembre de 2007, venció el plazo aprobado por unanimidad en el pleno del 26 de marzo de 2007, para LA LICITACIÓN DE UN NUEVO CONCURSO PARA LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO DE URBANIZACIÓN DEL SUELO URBANO DE MONTESANO.
Como no todos estamos familiarizados con estos trámites, comentaremos que este proceso de licitación por concurso, consiste básicamente en lo siguiente
- El Ayuntamiento redacta el Pliego de Bases, donde se establecen las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas para la redacción del proyecto, es decir, las normas que regirán en la elaboración del proyecto.
Este Pliego de Bases se publica para convocar a concursar a las empresas proyectistas que quieran optar a redactar el proyecto.
Dichas empresas presentan sus ofertas técnicas y económicas al Ayuntamiento.
El Ayuntamiento selecciona la mejor oferta en base a criterios técnicos y económicos, adjudicando la contratación a la empresa seleccionada.
Una vez adjudicado, se firma el contrato entre el Ayuntamiento y la empresa adjudicataria, por el que esta empresa se compromete a elaborar el proyecto de acuerdo con las normas establecidas en el mencionado Pliego de Bases, entre las cuales se fija un plazo temporal.
Una vez redactado el proyecto
, se dispondrá del documento necesario (proyecto constructivo) para iniciar los trámites pertinentes para la licitación de las obras y materializar lo proyectado.A partir de este momento se podrá iniciar un proceso similar al descrito desde el apartado 1, con el fin de contratar en este caso a un constructor que ejecute las obras contempladas en el proyecto.El equipo de gobierno
y en su representación el Concejal D. Felipe del Baño, nos informó en la reunión que se va a realizar el proyecto por zonas y en varias fases debido al grado desigual de urbanización existente entre unas zonas y otras (lo que implicará redactar varios proyectos), la licitación de los primeros está prevista realizarla antes de DOS MESES, habiéndonos emplazado para revisar un borrador de los Pliegos de Bases la semana que viene.A continuación os vamos a detallar las diferencias técnicas con respecto al Proyecto presentado en Agosto de 2005:- Adicionalmente
El Concejal D. Felipe del Baño, en representación del equipo de gobierno, manifestó que estaba realizando gestiones para solicitar subvenciones a través de distintos organismos que disponen de Planes específicos para este tipo de proyectos.
No tenemos que
olvidar que la Asociación ha presentado un dossier de desperfectos ocasionados en las calles de la urbanización por la Empresa Masía de Montesano, S.L., y que todavía no tenemos cuantificado por los Técnicos del Ayuntamiento los daños ocasionados ni como se van a solucionar.Como ya sabéis, la Asociación ha mantenido firmemente su defensa de los derechos que reconoce la Ley Urbanística Valenciana y el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística a los propietarios de edificaciones consolidadas, que es nuestro caso.En el art. 28.3 de la L.U.V.
(Ley Urbanística Valenciana), se establece que: " en las actuaciones urbanizadoras que no supongan primera implantación de servicios para edificios o instalaciones preexistentes, sino mera renovación, ampliación o reestructuración de dichos servicios, no cabrá imponer a la propiedad de los referidos edificios el pago de cuotas por los costes de urbanización de los mismos,..."...Las edificaciones preexistentes abonarán, en todo caso, los costes de urbanización correspondientes a los nuevos servicios implantados".En este punto, el Concejal D. Felipe del Baño, en representación del equipo de gobierno, manifestó que el Ayuntamiento asume lo estipulado en el citado artículo y por ende las reivindicaciones que la Asociación ha mantenido desde el principio.Los servicios de primera implantación son a cargo del propietario, y las mejoras (renovación, ampliación o reestructuración) de los servicios que ya tenemos son a cargo del Agente Urbanizador, que en este caso es el Ayuntamiento.Os seguiremos informando.Un saludo.Junta Directiva.
No hay comentarios:
Publicar un comentario