viernes, 8 de enero de 2010

ASUNTO DE INTERÉS: IBI

La Junta Directiva de la Asociación de Vecinos de Montesano, quiere desear a todos sus socios, residentes del municipio y en especial a los nuevos vecinos de nuestra urbanización un

FELIZ AÑO 2010

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES (IBI)

El pasado día 18 de diciembre de 2009 se celebró un Pleno Extraordinario en el Ayuntamiento de San Antonio de Benagéber en el que se acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos Locales mediante la incorporación de una nueva Disposición Transitoria Única, en la que se propone aprobar un nuevo sistema fraccionado de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles para el periodo 2010.

Esta aprobación inicial ha sido publicada en el BOP el 30 de diciembre de 2009 y por tanto, está en periodo de exposición al público por un plazo de 30 días, es decir, si algún vecino quiere examinar el expediente y/o realizar alguna alegación dispone de ese tiempo para realizarla.

El Ayuntamiento nos ha facilitado el documento que está en exposición al público y que recoge el acuerdo aprobado en Pleno.

De dicho documento, vamos a informar de los puntos que nos parecen más interesantes:

Primero: El sistema que ha escogido el equipo de gobierno para realizar el pago fraccionado del Impuesto de Bienes Inmuebles, tiene carácter transitorio durante el año 2010.

Segundo: Los interesados en cumplir con la obligación tributaria de satisfacer el impuesto de Bienes Inmuebles (URBANA) de un bien inmueble sito en San Antonio de Benagéber, de manera fraccionada durante el ejercicio 2010, por el sistema contemplado en la presente Disposición Transitoria, podrán solicitar el fraccionamiento de su obligación tributaria derivada de dicho impuesto en diez mensualidades, la primera pagadera los días 1 al 5 del mes de febrero y la última en el mes de noviembre, ambos de 2010, para lo cual y con dicho fin, las cantidades que corresponda a cada una de las fracciones citadas serán domiciliadas con cargo a la cuenta que indique el sujeto pasivo, sin posibilidad de cambio.

Tercero: De los pagos fraccionados que se deriven de dicha solicitud no se concederá aplazamiento alguno y en especial, si se dejaran de abonar dos fracciones seguidas, el convenio dejará de aplicarse y las cantidades que todavía se adeuden serán exigidas por la vía de apremio con su recargo correspondiente.

Cuarto: No se especifica en el documento que se pueda fraccionar el pago a partir de una cantidad determinada, por lo que se desprende que podrán solicitar el pago fraccionado todos los vecinos interesados.

Para completar la información os comunicamos lo siguiente:

En una conversación personal mantenida entre miembros de la Junta Directiva con el Alcalde D. Eugenio Cañizares el día 5 de enero de 2010, éste manifestó verbalmente que se procederá por parte del Ayuntamiento a enviar una carta personalizada a todos los vecinos comunicando toda la información necesaria y relacionada con el nuevo sistema de pago del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles para el periodo 2010.

Os seguiremos informando.

La Junta Directiva.

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